Padrón STPS Implicaciones y consideraciones
El padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, también conocido como el Padrón STPS ya es una realidad en el país, todas las empresas físicas o morales de subcontratación (outsourcing) que presten servicios o ejecuten obras especializadas y que pongan a disposición de la empresa contratante sus trabajadores, se encuentran en la obligación de estar debidamente inscritas en la nueva plataforma REPSE, según el artículo 13 de la ley Federal del Trabajo.
De no ser así, la empresa contratante adquiere una responsabilidad como patrón solidario e incurrirá en una multa desde 180.000 a 4.481.000 pesos, de no estar debidamente inscrito, los clientes no podrán deducir los impuestos ni adquirir los servicios brindados por la empresa.
Para estar inscrito se debe de estar al día en los pagos fiscales y de seguridad social, es decir, no debe tener ningún tipo de adeudos con el INFONAVIT, IMSS y SAT.
En el caso de los contadores, abogados u otros profesionales que ofrezcan servicios directamente sus las oficinas, o fabriquen productos con entrega final, en la cual los colaboradores no tienen la necesidad de trasladarse, no incurren en este registro obligatorio.
El objetivo principal de este requisito es contar con los bienes estadísticos, que permitan identificar a las personas físicas o morales que presten servicios especializados ante la nación. De tal manera que, te invitamos a que te inscribas debidamente en la nueva plataforma y así asegurar el bienestar de la empresa y sus trabajadores. Evitando así infringir esta ley.